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Numero ExpedienteRO-00118-P-2023
Pautas

a) Fijar y mantener domicilio;

b) Comparecer en forma trimestral al Patronato de Presos y Liberados a dar cuenta de su paradero;

c) No cometer nuevos delitos;

d) Abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas.

Todo bajo apercibimiento del art. 27 bis del C. Penal, esto es de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta.