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Numero ExpedienteRO-00156-P-2024
Pautas

a) Fijar y mantener domicilio, del que no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización del juez de Ejecución;

b) Presentaciones trimestrales ante el IAPL

c) Abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y abstenerse del uso de estupefacientes.-

d) Realizar tratamiento psicológico previo informe del Cuerpo Médico Forense sobre su necesidad y eficacia; y en caso de ser necesario, el mismo sea realizado en salud mental del hospital más próximo a su domicilio (o donde lo gestione el IAPL) a efectos de trabajar sobre las conductas violentas en las relaciones de pareja,

e) prohibición de acercamiento a un radio no inferior a los 200 metros del domicilio de calle Félix Heredia N° 2183 de esta ciudad y a 200 metros de la persona de la Sra. Dina Marcela Solange Peña, impidiéndole al imputado mantener cualquier tipo de contacto con la misma ya sea de manera gestual, telefónica, a través de redes sociales, por sí o por interpósita persona y cualquier reclamo que deba realizar deberá hacerlo a través del juzgado de familia.