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Numero ExpedienteBA-00389-P-0000(B-3BA-841-JE2019)
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a) Fijar domicilio en calle Frey y 2 de Agosto, Casa nro. 6 de la ciudad de S.C. de Bariloche, debiendo comunicar al juzgado cualquier cambio en el mismo antes de efectivizarse, para poder realizar el informe social pertinente; b) No ausentarse de la provincia de Río Negro sin autorización del Juzgado; c) Abstenerse de consumir o tener en posesión bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicofármacos no prescriptos por la autoridad médica; d) No cometer nuevos  delitos ni contravenciones; e) No concurrir a lugares o frecuentar personas que pudieran obstaculizar su debida reinserción social; f) Someterse al cuidado del Patronato, presentándose una vez por mes; g) Adoptar profesión u oficio, el que comunicará al Juzgado; h) Abstenerse de generar conflictos y/o daños sobre las cosas o las personas; i) No portar armas de cualquier naturaleza ni tener en su domicilio armas de fuego; j) Prohibición total y absoluta de tener cualquier tipo de contacto ya sea físico o virtual -por redes sociales- con la familia de la víctima. Todo ello bajo apercibimiento que, en caso de incumplimiento injustificado, se revoque su libertad condicional y ordenar la inmediata detención hasta el cumplimiento total de la pena, ya que el presente instituto no modifica en nada la sentencia condenatoria, la que se mantiene inalterable (artículos 13 y 27 bis del Código Penal).- IV) Hacer saber a Simón Rosales que deberá, bajo su responsabilidad, mantener en funcionamiento el Dispositivo Electrónico de Control, para un efectivo monitoreo las 24 horas, realizando la carga de la batería correspondiente en tiempo y forma, no alejarse del dispositivo ni del GPS, y respetar las indicaciones que efectúe UADME y que, en caso de constatarse cualquier incumplimiento o transgresión a las pautas establecidas, manipulación y/o alteración del dispositivo electrónico, se le aplicará el Protocolo de la UADME vigente de forma inmediata.- V) HACER SABER al Instituto de Asistencia a Presos y Liberados (IAPL), que deberá llevar a cabo el seguimiento del condenado en el medio libre y de la capacitación y/o empleo de Simón Rosales, debiendo remitir los informes de manera mensual.- .