Numero Expediente | BA-00195-P-0000(E-3BA-1667- JE2023) |
---|---|
Pautas | a) fijar domicilio en la calle 2 de Agosto 1413, Barrio Mutisias de la ciudad de San Carlos de Bariloche, debiendo notificar a éste juzgado cualquier cambio en el mismo; b) abstenerse de consumir o tener en posesión bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicofármacos no prescriptos por la autoridad médica; c) no tener o portar armas de cualquier naturaleza, ni tener en su domicilio armas de fuego; d) no concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas; e) no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social; f) someterse al cuidado del Patronato, donde deberá presentarse una vez por mes; g) adoptar profesión u oficio, la que comunicará al Juzgado; h) abstenerse de actividades o de hábitos que resulten inconvenientes para su adecuada reinserción social; i) no cometer delitos ni contravenciones; j) deberá abstenerse de generar conflictos y/o daños sobre las cosas o las personas; k) no podrá tener ningún tipo de contacto con la víctima de autos, ni con los familiares de la misma; l) prohibición expresa de acercarse a menos de trescientos (300) metros de la víctima, de sus familiares, de sus domicilios, lugares de estudio o de trabajo; ll) Se le prohíbe comunicarse, o cualquier tipo de contacto (llamadas telefónicas, mensajes, chats, redes sociales, cartas, etc.) con la víctima de autos y/o sus familiares; m) prohibido acercarse a menores de edad. Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el régimen concedido. III) HACER SABER al Instituto de Asistencia a Presos y Liberados que deberá llevar a cabo el seguimiento del desenvolvimiento de JORGE DAMIAN MENDOZA en el medio libre, el cual consistirá en visitas mensuales al domicilio indicado en el apartado a) del punto II), debiendo remitir los informes a estos estrados, en los que deberá consignarse si mantiene el lugar de residencia; si la convivencia es pacífica; si mantiene su trabajo; y cualquier otra información que estime de interés. |