Numero Expediente | B-1VI-1975-JE2022 |
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Pautas | 1- Fijar residencia. 2- someterse al cuidado del patronato. 3- Prohibición de todo tipo de contacto respecto de Melani Calvo 4- Someterse a tratamiento psicológico en el Hospital de esta ciudad previo informe que acredite su necesidad y eficacia hasta el alta o por el plazo de 3 años mencionado del art. 27 bis del CP, todo lo cual se entiende justo en virtud de la entidad de los hechos, el daño causado, la edad del imputado y los parámetros de los arts. 40 y 41 de la Ley sustantiva. |