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Numero ExpedienteEXPTE. VI-01371-P-0000- EXB-1VI-1919-JE2022
Pautas

1) Fijar y mantener domicilio del que no podrá ausentarse ni mudarse sin dar aviso de ello.

2) Someterse al cuidado del I.A.P.L.

3)Someterse a una prohibición de acercamiento en un radio no inferior a los 300 mts. Del domicilio de la víctima, como asimismo a una prohibición de contacto permanente y por cualquier medio respecto de la víctima, debiendo articular el contacto con los hijos de ambos a través de otras personas que los asistan.

4) Sujetarse al monitoreo de una tobillera electrónica durante los primeros cuatro meses de condena, situación que será revisada oportunamente en sede del Juzgado de Ejecución Penal de Viedma.

5) Realizar un tratamiento psicológico obligatorio y adecuado en la Unidad de Prevención y Atención a la violencia familiar del Hospital Artemides Zatti por el plazo de dos años o hasta el alta médica, según lo considere el profesional tratante.

6) Abonar a la víctima la suma de Sesenta Mil Pesos en concepto de reparación económica, los que serán pagados en 3 cuotas a los 30, 60 y 90 días posteriores a la firmeza de la sentencia, suma que ser transferida a una cuenta de la victima, la que ya fue informada a la Fiscalía.