| Pautas |
- fijar domicilio en la calle calle Lago Lolog Nro. 5106 Barrio Chacramonte de esta ciudad, del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido;
- abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas;
- no concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas;
- no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social;
- no cometer delitos;
- no tener ni portar armas;
- no conducir vehículos motorizados, sin previa acreditación de autorización legal y judicial;
- someterse al cuidado del Patronato;
- adoptar profesión u oficio, debiendo contar con todos los permisos exigidos por el Poder Ejecutivo Nacional, Provincial y Municipal, la que comunicará al Tribunal mediante el IAPL o su defensa.
- no puede haber menores en su domicilio.
|
|---|