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Numero ExpedienteMPF-SA-02040-2022
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Mantener el domicilio que ha indicado, se fija ese domicilio, lo mantiene y en caso de necesitar mudarlo debe pedir autorización judicial a través de su defensa,

Ser sometido a un control a través del IAPL que se llevará adelante cada 3 meses,

Imponer una restricción de acercamiento en una distancia de 100 mts., - aproximadamente una cuadra - de cualquier sitio de donde se pudiera encontrar la niña F.M.E y también su madre YESSICA YANETH HERNÁNDEZ, en la vía pública, en la calle y específicamente del domicilio donde viven en Alemandri N° 764,

Imponerle una prohibición de contacto a través de cualquier vía, teléfónica, chat, mensajería, de manera directa o a través de otra persona respecto de la menor y la madre,

Mantener una entrevista con un psicólogo que puede ser del hospital de S.A.O a los fines de que determine si necesita o no un tratamiento psicológico que tenga que ver con abuso infantil

Abonar en concepto de reparación por el hipotético daño que habría causado deberá abonar la suma de $100 mil en favor de la niña y lo percibirá la madre, lo efectivizará en una pago de $60 mil en el día de mañana 21/12/23 a través de un depósito, transferencia bancaria o CBU de la cuenta que se le va a brindar y luego el saldo de $40 mil dentro de los 30 días a partir del primer pago,

No debe estar involucrado en nigún otro tipo de denuncia, causa o proceso que origine alguna investigación penal en su contra.