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Numero ExpedienteB-1VI-1470-JE2019
Pautas

*..Fijar residencia y no cambiarla sin previa comunicación al Tribunal interviniente

*..Someterse al cuidado y control del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados, debiendo presentarse mensualmente ante este Organismo para su seguimiento y evaluación por el término de Dos años.

*..Prohibicion de acercamiento a una distanci de dosientos metros respecto de Brianna Cerdeño Cornide, Margarita Namuncura y Romina Cornide, a sus domicilios y sus lugares de trabajo.

*..Realizar un tratamiento para hombres violentos que se practica en el Hospital A. Zatti y de cursos o capacitaciones vinculadas con el tratamiento de personas privadas de su libertad y/o de violencia institucional que se dicte en la fuerza o en otra institución a propuesta de la defensa, sujeta a la conformidad del Ministerio Publico Fiscal por el termino de 2 años