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Numero ExpedienteRO-00102- P-2023
Pautas

a) Fijar y mantener domicilio y en caso de cambio del mismo deberá informarlo al Juzgado de Ejecución Penal Nro. 10 de esta ciudad.

b) Presentarse trimestralmente ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de esta ciudad.

c) Prohibición de acercamiento a domicilio sito en Villegas 1846 de esta ciudad dispuesto en la sentencia dictada en relación al Legajo MPF-RO 05895-2023.

d) No abusar de bebidas alcohólicas y/o estupefacientes.

e) No cometer delitos de índole patrimonial y/o la propiedad.

f) Prohibición de acercamiento hacia el domicilio ubicado en Lisandro de la Torre 1539 de esta ciudad y la señora Silvia del Carmen Zuñiga a una distancia de 100
metros.

g) Deberá arbitrar los medios para realizar un tratamiento psicológico y/o psiquiátrico respecto a su problemática a la adicción de estupefacientes.

h) No cometer delitos.

Bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena en caso de incumplimiento.