Ver Pautas

Actualizar Borrar

Numero Expediente 0178/JE8/20,
Pautas
  1. Fijar domicilio que no podrá cambiar sin previa autorización judicial y someterse al cuidado y control del Patronato de Presos y Liberados, debindo someterse ante esas oficinal y/o en el Juzgado de Paz de Villa Manzano una vez cada dos meses.-
  2. No cometer nuevos delitos.-
  3. No abusar de bebidas alcoholicas y abstenerse del consumo de estupefacientes.-
  4. Repetar la prohibición de acercamiento personal y por cualquier medio virtual a las victimas, y no acercarse a menos de cien metros de sus domicilios, bajo apercibimiento de hacer efectiva la condena.-