Numero Expediente | º MPF-BA-01061-2022 - MPF-BA-03465-2021 |
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Pautas | 1) Fijar y mantener domicilio o dar aviso en caso de modificarlo; 2) Presentarse ante el I.A.P.L. una vez cada dos meses; 3) Realizar en el I.A.P.L. el curso para personas involucradas en conflictos de violencia de género; 4) No abusar de bebidas alcohólicas ni consumir estupefacientes (y realizar un tratamiento sobre estos padecimientos en caso de ser necesario); 5) Prohibición de acercamiento y contacto por cualquier medio y por una distancia no inferior a los 200 metros, respecto de Andrea Verónica Boock y Carlos Báez.- VI. Notificar a las víctimas a través de la Fiscalía, de las facultades que les atribuye el Artículo 11Bis de la Ley 24.660, haciéndoles conocer además las disculpas ofrecidas por el Sr. Leiva.-” |