Ver Pautas

Actualizar Borrar

Numero ExpedienteLEGAJO Nº 33412, IPP Nº2686/23.
Pautas

UN (1)AÑO  y  DOS  (2)  MESES  de  PRISIÓN  de  EJECUCIÓN CONDICIONAL (art. 26 del C.P), con costas (artículos 29 inciso 3 del Código Penal, 530 y 531 del Código Procesal Penal.).
 DOS AÑOS el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta:  
a) Fijar residencia.
b) Someterse al cuidado del Patronato de Liberados correspondiente a la jurisdicción del domicilio.
c)Abstenerse de contactar y/o acercarse a la víctima, Haroldo Fernando Vélez, como a su domicilio.