Numero Expediente | FGR. 3429/2019/TO1/2 |
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Pautas | 1) Fijar domicilio y denunciar cualquier cambio al Tribunal; 2) Someterse a la fiscalización del Instituto de Liberados o Juzgado de Paz más cercano a su domicilio en forma TRIMESTRAL (art. 27 bis inc. 1° del Código Penal); 3) en sustitución de trabajos comunitarios, la obligación de abonar la suma de diez mil pesos ($10.000), la que será destinada en favor del I.A.P.L. de la ciudad de El Bolsón, pagaderas en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas de cinco mil pesos ($5.000) cada una y que deberán ser abonadas dentro de los primeros diez días de cada mes. . |