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Numero Expediente B-3BA-542-JE2018
Pautas

: a) fijar domicilio en calle Elordi Nro. 2040, Barrio 6 Manzanas, de la ciudad de San Carlos de Bariloche debiendo comunicar a éste juzgado cualquier cambio en el mismo antes de efectivizarse para poder realizar el informe social pertinente; b) No ausentarse de la provincia de Río Negro sin autorización del Juzgado; c) Abstenerse de consumir o tener en posesión bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicofármacos no prescriptos por la autoridad médica; d) no cometer nuevos delitos ni contravenciones; e) no concurrir a determinados lugares o frecuentar determinadas personas que pudieran obstaculizar su debida reinserción social; f) someterse al cuidado del Patronato, presentándose una vez por mes; g) adoptar profesión u oficio, el que comunicará al Juzgado; h) abstenerse de generar conflictos y/o daños sobre las cosas o las personas; i) no portar armas de cualquier 2 naturaleza ni tener en su domicilio armas de fuego; j) no tener ninguna clase de contacto, ni físico ni virtual ni por redes sociales con la víctima del segundo hecho, Sra. Mariana Alejandra Sandoval; k) se impondrá como pauta especial de conducta, ante la dificultad de incorporación inmediata en algún dispositivo de tratamiento de adicciones gratuito, la continuidad de la congregación en la Iglesia Metodista Pentecostal Argentina, sita en calle Vilcapugio Nro. 1033 de San Carlos de Bariloche, conforme se ha fundado en considerandos. Todo ello bajo apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, de revocar la libertad condicional y ordenar la inmediata detención hasta el cumplimiento total de la pena, ya que el presente instituto no modifica en nada la sentencia condenatoria, la que se mantiene inalterable (artículos 13 y 27 bis del Código Penal). III) OFICIAR A UADME y hacer saber que se ha concedido el beneficio de libertad condicinal al interno QUIÑELEN MARCOS ALEJANDRO, bajo tuición de su madre Sra. Aurora Elsa Gil, DNI: 13.144.273; teléfono: 294-4536752, con domicilio en calle Elordi Nro. 2040, Barrio 6 Manzanas, de la ciudad de San Carlos de Bariloche y que deberán colocar un dispositivo de monitoreo electrónico en dicho domicilio. IV) HACER SABER al Instituto de Asistencia a Presos y Liberados (IAPL), que deberá llevar a cabo el seguimiento del condenado en el medio libre y de la capacitación y/o empleo, con remisión de informes mensuales. ..."