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Numero Expediente2RO-4010-JE2023
Pautas

a) fijar y mantener un domicilio del cual no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización del Juzgado de Ejecución Penal Nº 10 de General Roca;

b) someterse al cuidado del Instituto de Presos y Liberados de la ciudad de General Roca y presentarse ante el mismo una vez cada tres meses;

c) no cometer nuevo delito; d) Abstenerse de consumir estupefacientes y bebidas alcohólicas y en general de un consumo problemático de sustancias psicoactivas;

 e) Realizar tratamiento psicoterapéutico tendiente a superar los comportamientos agresivos y las situaciones de violencia, con presentación de debida constancia de haber dado inicio, evolución y seguimiento al mismo;

 f) prohibición de acercamiento a un radio no inferior a los 100 metros respecto de la persona de Sra. Susana Mabel NUÑEZ D.N.I. Nº 29.230.982 y su domicilio ubicado en la calle Mitre Nº 455 de la localidad de Ingeniero Huergo; y

 g) prohibición de mantener cualquier tipo de contacto y/o comunicación para con esa persona, ya sea de manera personal, gestual, telefónico, a través de medios electrónicos o virtuales, redes sociales o servicios de mensajería instantánea, como ser twitter, facebook, whatsapp, instagram, télegram, messenger, similares o afines, sea por si o por tercera persona (art. 27 bis del Código Penal)