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Numero Expediente2RO-8905-P2014
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REGLAS DE CONDUCTA IMPUESTAS JUDICIALMENTE:

  1. Fijar domicilio en calle Piedra Buena 1722, Bº Bagliani de esta ciudad, del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido;
  2. abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas;
  3. no concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas;
  4. no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social;
  5. no cometer delitos;
  6. no tener ni portar armas;
  7. no conducir vehículos motorizados, sin previa acreditación legal y judicial;
  8. someterse al cuidado del IAPL;
  9. adoptar profesión u oficio, la que comunicará al Tribunal;
  10. CONTINUAR con el TRATAMIENTO PSICOLOGICO INDIVIDUAL, debiendo presentar las constancias de asistencia al IAPL;
  11. PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO y/o hostigamiento respecto de Roxana Elizabeth Romero Martínez, Gabriela Lilian Peralta y Alberto Gadano Alberto a un radio no menor de 200 metros del domicilio de este ultimo. Como así tampoco podrá realizar actos perturbatorios o de hostigamiento mediante llamadas telefónicas, mensajes de whatssap, mensajes de texto, ni por ninguna red social, ni por interpósita persona.  En caso de encontrarse con ellas en algún lugar, deberá alejarse activamente de la misma.