Pautas | _Fijar y mantener domicilio, en caso de mudarlo deben comunicarlo a la autoridad judicial.
_Someterse al cuidado y supervisión del IAPL por 2 años, con una concurrencia trimestral por 2 años; será en la oficina correspondiente del IAPL si existe en Sierra Grande, o en la oficina de San Antonio Oeste en calle Belgrano 893.
_ Abonar en concepto de donación $ 5.000 (cinco mil pesos) entre los dos imputados, a la Cooperadora del Hospital de Sierra Grande Dr. Pablo Bianchi, con un plazo máximo de 30 días a partir de hoy.
_Prohibición de acercamiento a una distancia no menor a los 300 mts. del domicilio o en cualquier lugar en el que el mismo se encuentre (vía publica), del Sr. Luna Fernando.
_Prohibición de contacto, por cualquier medio (WhatsApp, Facebook, SMS), o a través de terceras personas con el Sr. Luna Fernando.
_No estar involucrados en nuevos delitos. Todo ello en función de los artículos 6, 65, 98 del C.P.P, y arts. 76 bis, 76 ter del C.P.
|
---|