Pautas | FINALIZACION DE LA CAUSA: 30/04/2025
REGLAS DE CONDUCTA IMPUESTAS JUDICIALMENTE:
- fijar domicilio en calle Maipú 3645 barrio Quinta 25 de esta ciudad del cual no se podrá ausentar, no pudiendo mudarse bajo ninguna circunstancia. Ante cualquier eventualidad deberá comunicarse con su defensa o este tribunal;
- Abstenerse de consumir estupefacientes y bebidas alcohólicas;
- No concurrir a a lugares de expendio de bebidas alcohólicas.
- No concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social.
- No cometer nuevos delitos;
- No tener ni portar armas;
- No conducir vehículos motorizados sin previa autorización judicial y legal;
- Cometerse al cuidado del patronato
- Adoptar profesión u oficio, la que comunicará al Tribunal;
- Cumplir con todas las reglas impuestas para la pandemia COVID-19 POR EL Poder Ejecutivo Nacional, Provincial y Municipal. Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido.
- PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO DE GAJARDO DAGOBERTO respecto de YÉSICA ANAHÍ COLICHEO aun radio de 200 metros de su domicilio sitio en calle Almirante Brown N°4350, Barrio Nuevo de General Roca, así como también respecto de cualquier lugar en donde esta se encuentre. Como así tampoco podrá realizar actos perturbatorios o de hostigamiento mediante llamadas telefónicas, mensajes de whatsapp, mensajes de texto, ni por ninguna red social, ni por interpósita persona. En caso de encontrarse con ella en algún lugar, deberá alejarse activamente de la misma.
- AUTORIZAR A GAJARDO DAGOBERTO a transitar desde Cipolletti hasta Villa Regina de la Provincia de Río Negro para trabajar en actividades rurales, debiendo cumplir con todas las reglas de conducta impuestas. Como así también debe ser monitoreado por la UADME todo el tiempo.
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