Numero Expediente | MPF-VI-03733-2021 |
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Pautas | término de 2 años: a) residir en el domicilio fijado, el que no podrá variar sin previo conocimiento y autorización de la Oficina Judicial y someterse al cuidado del Patronato de Asistencia a Presos y Liberados del lugar de residencia; b) Abstenerse de acercarse a menos de 100 mts. y de realizar actos molestos, por cualquier medio o a través de terceros, a las víctimas Vanina y Mateo Baigorria y a su grupo familiar, como de concurrir al domicilio de las mismas, sito en calle Belgrano 1478, Barrio 20 viviendas de General Conesa; c) someterse a tratamiento psicológico por el mismo plazo de 2 años o hasta el alta si operara con anterioridad |