Numero Expediente | MPF-BA-02248-2022 |
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Pautas | 1) Mantener informado su domicilio y teléfono e informar sus eventuales cambios; 2) Presentarse ante el IAPL una vez cada 2 meses; 3) Realizar el curso de nuevas masculinidades o relacionado con la cuestión de género, del IAPL; 4) Continuar el tratamiento psicológico, durante el año que dure la suspensión, o bien hasta recibir el alta correspondiente si la misma se da durante el año; 5) Efectuar 100 horas de tareas comunitarias; 6) No cometer nuevos actos de violencia u hostigamiento en contra de la denunciante, Sra. Claudia Ñañez; 7) No abusar del consumo de bebidas alcohólicas ni consumir estupefacientes; todo ello bajo apercibimiento de revocarle el beneficio en caso de incumplimiento, de conformidad con los arts. 76 bis y ter del C.P y 98 del C.P.P. |