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Numero ExpedienteFCR 22000029/2011/TO1
Pautas
  1. Oblar la tasa de Justicia de $69,67 (pesos sesenta y nueve con sesenta y siete centavos) dentro del término de 10 (diez) días de notificado, bajo apercibimiento de aplicársele lo dispuesto en el art. 11 de la ley 23.898 y hágase  saber que el pago deberá realizarse en el Banco de la Nación Argentina con el Formulario AFIP F30/A y remitir oportunamente a este Tribunal dos tickets de cancelación (original y reimpresión).
  2. Pagar la multa impuesta por la suma de $3.000 (pesos tres mil), dentro del término de 10 (diez) días de notificad, bajo apercibimiento de ley, a la  cuenta N° 25033232/8 CBU 01100259-40002503323280 del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Tribunales. CUIT 30-70087611-6 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
  3. Presentarse en el Patronato de General Roca, a fin de proceder a la firma del Acta Compromisoria y coordinar los días y horarios en que deberá asistir a fin de dar cumplimiento con sus presentaciones mensuales y domicilio actualizado (conf. Incs 1° y 3° del art. 27 Bis del C.P.).
  4. Cumplir con 200 (doscientas) horas de trabajo comunitario (conf. Inc. 8° del art. 27 Bis del C.P.) en una Entidad de Bien Público que oportunamente se le designe, debiendo realizar las tareas que se le asignen a su capacidad y condiciones personales.
  5. Por el termino de DOS AÑOS fije domicilio, se abstenga de cometer nuevos delitos y tener o usar estupefacientes y armas y abusar del alcohol, llevando a cabo ese tiempo tareas comunitarias a favor de una entidad de bien público por doscientas horas (art. 26 y 27 bis C.P.)