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Numero ExpedienteMPF-SA-00418-2022
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MANTENER el domicilio que ha indicado que no podrá cambiar o mudar sin autorización previa del órgano judicial, va a tener una SUPERVISIÓN en cuanto a su conducta por el plazo establecido a través del instituto de asistencia de presos y liberados, (IAPL) cuya delegación en San Antonio Oeste está en Belgrano N° 893, donde el Sr. Bonillo deberá concurrir cada 3 meses, IMPONER impedimento de contacto por cualquier vía por cualquier medio al Sr. Héctor López, a la Sra. Silvana Roberti y con la niña Juana López, IMPONER restricción de acercamiento en un radio de 500 mts. a los domicilios ubicados en General Roca, en calles Uruguay 422 y Villegas 1133, REALIZAR un curso de nuevas masculinidades,
relaciones de poder y cambios sociales que brinda el Ministerio de Educación y Derechos Humanos en la VProvincia de Río Negro, que los podrá realizar de modo virtual, son 4 módulos de manera presencial, para lo cual a través de la defensa o la fiscalía se le va a brindar el link para proceder a realizar el mismo,
REALIZAR el pago de $36.000 (pesos treinta y seis mil) en concepto de donación al Merendero "El Progreso" de la ciudad de San Antonio Oeste en un plazo establecido de 30 días para acompañar el comprobante correspondiente. NO ESTAR involucrado en causa penal o delito penal. Fundamenta. Todo ello S/Arts. 98, 6, 14 del C.P.P.R.N y Arts. 76 BIS y TER del C.P de la Nación.