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Numero Expediente2RO-3725-JE2022
Pautas

 

1) Fijar y mantener domicilio, del que no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización del juez de Ejecución;

2) Presentarse trimestralmente ante el IAPL;

3) Abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas, y no usar y/o consumir cualquier tipo de estupefacientes;

4) Realizar tratamiento psicológico previo informe del Cuerpo Médico Forense sobre su necesidad y eficacia; y en caso de ser necesario, el mismo sea realizado en salud mental del hospital más próximo a su domicilio (o donde lo gestione el IAPL);

5) La prohibición de acercamiento a un radio de 200 mts. del domicilio sito en calle Los Alpatacos N° 1015 de barrio Chacramonte de General Roca; La prohibición de acercamiento a un radio de 200 mts. de la persona de la adolescente Melani Estefanía AROCA, y el impedimento de contacto con los mismos, ya sea de manera personal, gestual, telefónico, a través de redes sociales (Twitter, Facebook, WhatsApp, Telegrama, etc.), sea por sí o por interpósita persona, todo ello bajo apercibimiento de Desobediencia a una orden judicial ( Art. 27 bis del Código Penal).

Todo, bajo apercibimiento del art. 27 bis CPENAL

 

  1. HACER SABER a DANIEL ESTEBAN PALMA CONSTANZO que durante el plazo de 4 años a contar desde la fecha de la sentencia, no debe cometer ningún delito. De lo contrario deberá cumplir la pena del presente incidente y la nueva pena que le impongan por ese nuevo delito penal (art. 27 del Código Penal).

  2. COMPUTAR respecto DANIEL ESTEBAN PALMA CONSTANZO el plazo de DOS (02) AÑOS de reglas de conducta desde la fecha de la sentencia el 11/11/2022 hasta el 11/11/2024, el cual podrá prorrogarse en caso de incumplimiento de las reglas de conductas en los términos del art. 27 último párrafo del Código Penal, previa audiencia contradictoria con todas las partes.

  3. HACER SABER al señor DANIEL ESTEBAN PALMA CONSTANZO que en caso demudarse de domicilio o en caso de ausentarse por más de 15 días de su domicilio deberá avisar a éste Tribunal, por intermedio de su defensor o al teléfono: 0298 - 4292050 interno 510; correo electrónico: juzpen10roca@jusrionegro.gov.ar.