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Numero ExpedienteMPF-BA-03557-2022 -: MPF-BA04237-2019
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1) fijar y mantener domicilio, 2) someterse al control del IAPL y comparecer ante el mismo cada dos meses. 3) incorporarse al dispositivo del IAPL para el abordaje de hombres involucrados en causas de violencias de género 4) la prohibición de cualquier acto de violencia respecto de la víctima María Romina Tamara Santana 5) la prohibición de abusar de las bebidas alcohólicas y de consumir estupefacientes y 6) no cometer nuevo delito. V. Notificar a la víctima a través de la Fiscalía de las facultades que le atribuye el art. 11 bis de la ley 24660. VI. Dejar constancia de la renuncia de las partes a los plazos procesales. VII. Protocolizar, comunicar, remitir al Juzgado de Ejecución Penal N° 12.”.- Fdo. José Bernardo Campana. Juez de Juicio.