Numero Expediente | MPF-CH-01347-2021 |
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Pautas | fijar y mantener domicilio, del que no podrá ausentarse por un tiempo prolongado (más de 15 días) sin previa y expresa autorización de la autoridad competente; abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y de consumir estupefacientes; no cometer nuevos delitos; prohibición de acercamiento a la víctima y a su grupo familiar en un radio de 100 metros de su domicilio, sito en calle Madreselva 1913 de Choele Choel, debiendo abstenerse también de realizar cualquier tipo de conductas que resulten molestas o perturbadoras para la misma, en forma directa, por interpósita persona o a través de cualquier tipo de medio tecnológico o publicaciones que tiendan a ese fin. Por último, deberá presentarse cada cuatro meses ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados, dando cuenta de sus condiciones de vida. Todo ello bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena (art. 27 bis., CPenal).- Todo ello bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena. |