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Numero Expediente2RO-4544-P2013
Pautas

 

  1. Fijar domicilio en la calle 107 nro. 1455 del Barrio 260 viviendas, del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido;
  2. Abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas;
  3. No concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas;
  4. No concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social;
  5. No cometer delitos;
  6. No tener ni portar armas;
  7. No conducir vehículos motorizados sin previa autorización legal y judicial;
  8. Someterse al cuidado del Patronato;
  9. Adoptar profesión u oficio, con todos los permisos exigidos por el Poder Ejecutivo Nacional y/o Provincial de acuerdo a la pandemia por covid-19, los que comunicara al Tribunal mediante el IAPL o su defensa y
  10. Deberá cumplir con las reglas de la pandemia dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial de acuerdo a las disposiciones ordenadas en la ciudad en la que usufructúe el beneficio, bajo apercibimiento de revocación inmediata del mismo.

Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido.