Numero Expediente | B-1VI-1829-JE-2021 |
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Pautas | 1) Conceder la libertad condicional solicitada en favor del penado CACHO BRAIAN ENZO por reunir las exigencias del art. 13 del Código Penal (art. 512 del CPP), bajo las siguientes condiciones: a) Residir en el domicilio de la calle: Escalera 14, 1er. Piso, Departamento E, Barrio 20 de Junio, Viedma Rio Negro.- b) Abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes. c) Someterse al cuidado del Patronato de Liberados delegación que corresponda. d) Tomar un trabajo. e) La prohibición de acercamiento a la victima y los testigos de cargo, que actuaran en el juicio que determinara la condena impuesta oportunamente. f) Realizar tratamiento Psicológico.-
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