Numero Expediente | FGR 20557/2019/TO1 |
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Pautas | 1) fijar residencia e informar cualquier cambio al tribunal, debiendo, además, someterse al cuidado y fiscalización del Instituto de Liberados o Juzgado de Paz más cercano a su domicilio en forma trimestral; 2) abstenerse de concurrir a lugares o de relacionarse con personas que conocidamente tengan vinculación con el tráfico, distribución, comercio, tenencia o cualquier actividad ilícita vinculada con estupefacientes; y, 3) en sustitución de trabajos comunitarios, aceptar la donación de la totalidad del dinero incautado, a destinarse al del Hospital Francisco López Lima de esta ciudad (artículo 27 bis incisos 1°, 2° y 8° del Código Penal); |