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Numero Expediente2RO-1764-JE2015
Pautas

Pautas de conducta impuestas judicialmente:

S/Oficio  Agota la pena impuesta 16/03/2027

 

a) fijar domicilio en la calle Perito Moreno nro. 4262, Barrio Nuevo de ésta ciudad, del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido;

b) PROHIBICIÓN de consumir estupefacientes y bebidas alcohólicas;

 c) no concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas;

d) no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social;

 e) no cometer delitos;

f) no tener ni portar armas;

g) no conducir vehículos motorizados, sin previa acreditación de autorización legal y judicial;

h) someterse al cuidado del Patronato en forma MENSUAL;

 i) adoptar profesión u oficio, la que comunicará al Tribunal;

 j) Deberá mantener el dispositivo de monitoreo electrónico GPS encendido y con batería permanente;

 k) Restricción horaria debiendo permanecer en el domicilio de 22 a 6 horas del día siguiente;

 l) Deberá realizar tratamiento con la Lic. Silvina Fernández Toribio, que dicta en el marco de la Subsecretaria de Prevención del Delito el Dispositivo de Escucha, Contención e Inteligencia Emocional, a partir del mes de febrero 2023, en calle Maipú casi Hipólito Irigoyen (casi canalito), lugar de referencia: APASA;

m) Podrá transitar por toda la provincia de Río Negro. Para salir de la provincia deberá solicitar autorización a éste Tribunal mediante su defensora.

 Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido.