Numero Expediente | B-3BA-720-JE2018 |
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Pautas | a) fijar domicilio en la calle Rivadavia 3197, Lote 6, Barrio Vivero de San Carlos de Bariloche, debiendo comunicar a éste juzgado cualquier cambio en el mismo antes de efectivizarse para poder realizar el informe social pertinente; b) No ausentarse de la provincia de Río Negro sin autorización del Juzgado; c) Abstenerse de consumir o tener en posesión bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicofármacos no prescriptos por la autoridad médica; d) no cometer nuevos delitos ni contravenciones; e) no 2 concurrir a determinados lugares o frecuentar determinadas personas que pudieran obstaculizar su debida reinserción social; f) someterse al cuidado del Patronato, presentándose una vez por mes; g) adoptar profesión u oficio, el que comunicará al Juzgado; h) abstenerse de generar conflictos y/o daños sobre las cosas o las personas; i) no portar armas de ninguna naturaleza, ni tener en su domicilio armas de fuego; j) deberá concurrir a las reuniones del Programa Narcóticos Anónimos (NA) con sede en calle Juan José Paso N°156 Iglesia Evangélica Metodista, de esta ciudad, los dias martes de 16:30 a 18 hs. Deberá acreditar la concurrencia dentro de las 72 hs; k) no tener ninguna clase de contacto con las víctimas en autos; ni físico ni virtual mediante correspondencia de cualquier naturaleza, teléfono o redes sociales; l) dar cumplimiento a todas las medidas sanitarias que los Estados Nacional, Provincial y Municipal restauren en mérito del rebrote de Covid-19. Todo ello bajo apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, de revocar la libertad condicional y ordenar la inmediata detención hasta el cumplimiento total de la pena, ya que el presente instituto no modifica en nada la sentencia condenatoria, la que se mantiene inalterable (artículos 13 y 27 bis del Código Penal) |