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Numero Expediente 2RO-3658-JE2022
Pautas

1) Fijar domicilio en calle Kaspin n° 152 del Barrio Colonia Fátima de la ciudad de Cervantes, en el cual puede residir hasta al día miércoles 21 del corriente mes y año, debiendo trasladarse a la localidad de Puelches (La Pampa) y fijar domicilio en la misma, a más tardar, hasta el día 21/09/2022;

2) Inmediatamente de arribado a la localidad de Puelches (La Pampa) hacerse presente en la Unidad Policial que haya, a los fines de dejar constancia de su llegada al lugar y del domicilio en el que va a residir, debiendo remitir la misma a su Defensora para que lo informe a la Fiscalía interviniente y al Juzgado de Ejecución;

3) En el supuesto de que se vea imposibilitado de cumplir con la regla de conducta n° 2) (en su totalidad o parcialmente), dar aviso inmediato a su Defensora; a los fines de evaluar la prórroga de la custodia o alguna otra medida por parte del Sr. Juez de Ejecución;

4) En el supuesto de mudar de domicilio o viajar ausentándose del mismo debe dar aviso previo y contar con la autorización del Sr. Juez de Ejecución;

5) Dar aviso previo y tramitar la autorización ante el Sr. Juez de Ejecución en caso de regresar a la localidad de Cervantes y/o Gral. Roca y/o localidades aledañas;

6) No abusar del consumo de alcohol ni consumir estupefacientes en la vía pública;

7) No cometer nuevos delitos;

8) Prohibición de acercamiento a una distancia menor de 200 metros al domicilio sito en Chacra 327 del Barrio Luna de Cervantes;

9) Prohibición de acercamiento a una distancia menor de 2oo metros de la persona de MARIANELLA SOLEDAD MARTINEZ. y de FERNANDA CURAPIL en cualquier lugar en que se encuentren;

10) Prohibición de acercamiento a una distancia menor de 200 metros de la persona de LUCIA JAQUE en cualquier lugar en que se encuentre, hasta tanto el condenado solicite su revocación y/o modificación al Sr. Juez de Ejecución previa tramitación ante el Fuero de Familia del régimen de comunicación. Todo ello bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad en caso de incumplimiento. Asimismo se le informa lo establecido en el Artículo 27 Bis último párrafo del Código Penal, que dice: "Art.27

11) Someterse al cuidado del Patronato, debiendo presentarse en forma MENSUAL ante el IAPL de General Roca". En función de ello, el Sr. Juez de Ejecución Penal, Dr. Fernando Romera,