Numero Expediente | FGR 1166/2021/TO1/14 |
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Pautas | 1) Aceptar el pago mínimo de la multa que prevé el art. 14, primer párrafo de la ley 23.737; 2) Mantener el domicilio y el abonado telefónico mencionados en la audiencia, debiendo comunicar previamente al Tribunal cualquier cambio; 3) Someterse al contralor del Patronato de liberados de General Roca de manera trimestral, de la forma que el organismo determine, presencial o telefónica; 4) No cometer delitos, 5) Realizar la donación de $3000 cada uno en dos cuotas mensuales y consecutivas al Hospital Francisco López Lima de $1500 y 6) Acreditar el cumplimiento de 40 (cuarenta) horas entre los dos de trabajo comunitario en la institución, merendero y/o comedor que propongan |