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Numero ExpedienteMPFSA-01548-2022
Pautas

1- Mantener el domicilio denunciado no pudiendo mudarlo sin previa autorizacion judicial, y someterse al control y supervisión de la Oficina Judicial de Gral. Roca y el Insitituto de asistencia de personas presas y liberadas (IAPL) con sede en esa de esa ciudad, con una frecuencia de dos (2) meses o cada vez que se lo convoque.

2-Realizar una entrevista con un profesional psicólogo a los fines que determine la necesidad o eficacia de un eventual tratamiento en violencia de género.

3- Imponer de carácter obligatorio la necesidad de realizar un curso sobre nuevas masculinidades que se dicta a través de la pagina web de la provincia de Río Negro cuyo contacto o link será proporcionado oportunamente por la Defensa.

4- No mantener contacto por ningún medio con la Sra. Macarena Corral.

5- Tener prohibido por el plazo de un año el ingreso a la Localidad de Las Grutas y San Antonio Oeste.

6- Abonar en concepto de reparación del daño, en calidad de donación la suma de dos mil pesos ($2.000) a pagar en el plazo de60 días con destino al Hospital de San Antonio Oeste Anibal Serra, cuya cuenta o CBU será proporcionada oportunamente por las partes.

Todo ello en función de los arts. 6, 14 y 98 del CPP, y los arts. 76 bis y ter del CP.-