Numero Expediente | 2RO-18803-P2017 |
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Pautas | a) fijar domicilio en la calle Damas Patricias y Las Gallinas s/n, Barrio Nuevo, General Roca, Río Negro, del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido; b) abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; c) no concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas; d) no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social; e) no cometer delitos; f) no tener ni portar armas; g) no conducir vehículos motorizados, sin previa acreditación de autorización legal y judicial; h) someterse al cuidado del Patronato en forma MENSUAL; i) adoptar profesión u oficio, la que comunicará al Tribunal; j) Deberá mantener el dispositivo de monitoreo electrónico GPS encendido y con batería permanente; k) Deberá en el PLAZO DE 3 MESES presentar constancia de que se encuentra trabajando o que esta buscando el mismo; l) En caso de mudarse de domicilio o en caso de ausentarse por más de 15 días de su domicilio deberá avisar a éste Tribunal, por intermedio de su defensor o al teléfono: 0298-4292050 interno 510; correo electrónico: juzpen10roca@jusrionegro.gov.ar m) Podrá circular libremente dentro de la provincia de Río Negro. En caso de salir de la provincia de Río Negro, deberá avisar a éste Juzgado. Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido. |