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Numero Expediente2RO-18803-P2017
Pautas

a) fijar domicilio en la calle Damas Patricias y Las Gallinas s/n, Barrio Nuevo, General Roca, Río Negro, del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido;

b) abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas;

c) no concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas;

d) no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social;

e) no cometer delitos; f) no tener ni portar armas;

g) no conducir vehículos motorizados, sin previa acreditación de autorización legal y judicial;

h) someterse al cuidado del Patronato en forma MENSUAL;

i) adoptar profesión u oficio, la que comunicará al Tribunal;

j) Deberá mantener el dispositivo de monitoreo electrónico GPS encendido y con batería permanente;

k) Deberá en el PLAZO DE 3 MESES presentar constancia de que se encuentra trabajando o que esta buscando el mismo;

l) En caso de mudarse de domicilio o en caso de ausentarse por más de 15 días de su domicilio deberá avisar a éste Tribunal, por intermedio de su defensor o al teléfono: 0298-4292050 interno 510; correo electrónico: juzpen10roca@jusrionegro.gov.ar

m) Podrá circular libremente dentro de la provincia de Río Negro. En caso de salir de la provincia de Río Negro, deberá avisar a éste Juzgado. Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido.