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Numero ExpedienteB-1VI-1589-JE2020
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PAUTAS DE CONDUCTA

Primero: Incorporar al condenado Porcel Walter Alejandro al Régimen Libertad Condicional, con Dispositivo Electrónico de Control versión GPS.

Segundo: Disponer que el nombrado quede sometido hasta el vencimiento de la pena impuesta 06/07/2023, al cumplimiento de las siguientes condiciones:

I – Presentarse dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) computados desde la soltura ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de Viedma para la asistencia y supervisión de las condiciones impuestas.

II – Cumplir las siguientes reglas de conducta:

) No frecuentar bares y/o locales donde se expidan bebidas alcohólicas y abstenerse de consumir las mismas y/o estupefacientes. Haciéndole saber al interno que esta pauta incluye la prohibición de que el mismo se reúna en lugares públicos (plazas y esquinas) a ingerir bebidas alcohólicas.

) Acreditar en un plazo de quince (15) días de hacerse efectivo la presente, el desempeño de trabajo, oficio o profesión.

) No cometer nuevos delitos.

4º) Prohibición absoluta de conducir vehículos motorizados, por el plazo de 6 meses, a cuyas vencimiento se evaluará la continuidad o no de dicha medida.

4º) No portar (simple tenencia) bajo ningún concepto armas de fuego, sean de uso civil y/o de guerra, aptas o no para el disparo.

5º) Prohibir la salida del condenado Porcel Walter Alejandro de la comarca Viedma – Patagones (incluye el traslado a las zonas de San Blas, El cóndor e IDEVI ) y en caso de ser necesario por cuestiones estrictamente laborales y/o personales, deberá solicitar la debida autorización a este juzgado, acreditando la circunstancia indicada, reservándose esta magistratura, la ponderación y pertenencia de la causal invocada.

) Disponer que el condenado deba permanecer en el domicilio propuesto, sito en Calle 19 N.º 842 del barrio Lavalle de Viedma desde las 21:00 horas hasta las 07,00 horas del día siguiente donde reside su madre (Sra Francisca Huinca) bajo apercibimiento de revocar el presente beneficio por el término de 6meses, a cuyo vencimiento se evaluará la continuidad de la medida adoptada a pedido de parte.

La presente restricción horaria incluye el 31/12/2021 no pudiendo salir del domicilio en dicha fecha, bajo apercibimiento de revocar el presente beneficio.

) Disponer que el condenado Porcel Walter Alejandro, no podrá utilizar servicios de acceso a internet, ni a redes sociales, por sí o por terceras personas, ni ejercer actos molestos , entablar conversaciones o efectuar publicaciones de ningún tipo que perturben o molesten a familiares de la victimas de autos, bajo apercibimiento de revocar el presente beneficio.

8º) Disponer al nombrado Porcel Walter Alejandro durante el usufructo del presente régimen la prohibición absoluta de acercamiento a menos de 300 metros y contacto y/o ejercer actos violentos o intimidantes con las victimas y/o su entorno familiar, ya sea de manera directa o por terceros y/o cualquier medio (telefónico, redes sociales, etc) bajo apercibimiento de revocar el presente beneficio.

9º Disponer al condenado realice un tratamiento para el abordaje a las adicciones debiendo hacerse presente en la sede del nosocomio local, en el plazo de 05 días computados a partir de su soltura a los fines de obtener un turno de admisión en el área de salud mental del hospital A. Zatti de Viedma y determinar la necesidad de un tratamiento.

10º) Disponer al condenado realice un tratamiento psicológico en el Hospital zonal debiendo hacerse presente en la sede del nosocomio local en el plazo de 5 días computados a partir de su soltura a los fines de obtener un turno de admisión

11º) Disponer al condenado participe de los talleres brindados por APASA sito en calle España Nº550 de la ciudad de Viedma.

 

III- Residir en el domicilio sito en calle 19 N.º 842 del Barrio Lavalle de Viedma, el que sólo podrá ser modificado previa autorización de esta magistratura, bajo apercibimiento de revocar el presente beneficio.

Tercero: Librar oficio al Ministerio de Seguridad y Justicia a los fines de implementar el dispositivo de control versión GPS

Sexto: Requiérase a la UADME remita informe de cumplimiento de pautas a esta magistratura, en forma mensual o cuando registre alguna transgresión o novedad relevante para la presente de la causa.

Séptimo: Requiérase al IAPL remita informe de cumplimiento de pautas a esta magistratura en forma mensual durante los primeros 6 meses y/o cuando se registre alguna transgresión o novedad relevante para la presente causa, debiendo realizar un seguimiento intensivo, atento las particularidades del presente caso.