Numero Expediente | MPF-BA-06640-2019 |
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Pautas | 1) Realizar un tratamiento psicológico; 2) Reparación económica por la suma de $34.000; 3) Efectuar una donación a establecer el monto a un comedor de Bariloche; 4) No volver a realizar una conducta como la aquí tratada; 5) No cometer nuevo delito; 6) Presentarse ante el IAPL una vez cada 6 meses: en caso de viajar debe dar aviso de dicha circunstancia; 7) No abusar del consumo de bebidas alcohólicas y de estupefacientes; todo ello bajo apercibimiento de revocarle el beneficio en caso de incumplimiento, de conformidad con los arts. 76 bis y ter del C.P. y 98 del C.P.P. Se hace saber que por un error involuntario, este Legajo no fue comunicado para el correspondiente seguimiento. A la brevedad, informaremos lo que se resuelva al respecto. Para mayor información, se adjunta copia del acta labrada en virtud de la audiencia celebrada en fecha 27/11/2020 en el marco de la cual se dispuso el instituto de mención. |