Numero Expediente | 2RO-3538-JE2022 |
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Pautas | : a) fijar y mantener un domicilio del cual no podrá ausentarse en un plazo no mayor a los 15 días corridos y para el caso de mudarse deberá comunicar dicha circunstancia al Juzgado de Ejecución Penal Nº 10, sito en la calle San Luis N° 853, de la ciudad de General Roca; b) Presentarse ante el Instituto de Presos y Liberados de la ciudad de General Roca a una vez cada tres meses a fines de dar cuenta de sus condiciones de vida; c) abstenerse de consumir estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas y en general de un consumo problemático de sustancias psicoactivas; d) adoptar empleo en la medida de sus posibilidades y acreditar la búsqueda activa del mismo; y e) realizar un tratamiento psicológico y/o psicoterapéutico sobre su consumo problemático de estupefacientes previo informe del Cuerpo de Investigación Forense que acredite su necesidad y eficacia, debiendo presentar periódicamente las constancias sobre el inicio del tratamiento indicado, su evolución y seguimiento (art. 27 bis del Código Penal). |