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Numero Expediente2RO-3670-JE2022
Pautas

1) Fijar y mantener domicilio;

2) Prohibición de salir del país sin previa autorización judicial;

3) Presentación cada dos meses ante el I.A.P.L.;

4) Abstenerse de integrar cualquier razón social de cualquier tipo de comercio y/u organismo, y/o institución civil que guarde relación directa o indirecta con el rubro comercial, farmacéutico, droguerías o cualquier parte integrante de la cadena de comercialización o provisión de medicamentos y/o sustancias de similares características;

5) Abstenerse de realizar contrataciones de cualquier tipo y/o participar en licitaciones de compra-venta de productos o provisión de servicios de cualquier rubro con el estado nacional, provincial y/o municipal, como así de formar parte de razones sociales que lo hicieren;

6) Mantener la inhibición general de bienes hasta tanto queden firmes las cautelares similares que tramitan en el fuero contencioso administrativo bajo el Expte. N° 0012/2021 Receptoría N° C-1VI-150-CC-2021.

Todo bajo apercibimiento del art. 27 bis C.P., esto es, de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta.-