Numero Expediente | FGR 262/2019/TO1/4) |
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Pautas | 1) fijar residencia e informar cualquier cambio al tribunal, debiendo, además, someterse al cuidado y fiscalización del Instituto de Liberados o Juzgado de Paz más cercano a su domicilio en forma trimestral; 2) abstenerse de concurrir a lugares o de relacionarse con personas que conocidamente tengan vinculación con el tráfico, distribución, comercio, tenencia o cualquier actividad ilícita vinculada con estupefacientes; y, 3) en sustitución de trabajos comunitarios, aceptar la donación de la suma de diez mil pesos ($10.000) en favor del Hospital zonal Dr. Ramón Carrillo la ciudad de S. C. de Bariloche (artículo 27 bis incisos 1°, 2° y 8° del Código Penal) |