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Numero ExpedienteB-1VI-723-P2017
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PAUTAS DE CONDUCTA

Primero: Incorporar al condenado Arraigada Adrián al beneficio de LibertadCondicional con Dispositivo electrónico de Control versión GPS.

Segundo: Disponer la soltura inmediata del condenado Arraigada Adriándonde se encuentra alojado , una vez que la presente adquiera firmeza y seefectivice la colocación del dispositivo electrónico de control, debiendo demanera previa labrar el acta de soltura compromisoria.

Tercero: Disponer que el nombrado quede sometido hasta el vencimiento de lapena impuesta el 21/03/2023, al cumplimiento de las siguientes condicionescontenidas en el articulo 13º del Código Penal, bajo apercibimiento de revocarsu soltura.

I- Cumplir las siguientes reglas conducta:

A- Acreditar en un plazo de 30 días de hacerse efectiva la presente , eldesempeño de trabajo oficio o profesión, el que no podrá estar vinculado aactividades con menores de edad.

B- No frecuentar lugares públicos y/o privados en los que se concentrenumerosa cantidad de gente, como así tampoco bares, restaurantes y/o localesdonde se expidan bebidas alcoholicas y abstenerse de consumir las mismasy/o estupefacientes.

C- No portar armas de fuego.

D- No cometer delitos

E- Prohibir la salida del condenado de la localidad de Viedma- Carmen dePatagones y en caso de ser necesario por cuestiones estrictamente laboralesy/o personales establecer que deberá informar a éste Juzgado, a través deIAPL y/o su defensa, con la debida antelación necesaria , acreditando lacircunstancia indicada,-Hacer saber que la presente prohibición incluye el traslado a las zonas deIDEVI y las zonas turísticas balnearias locales (El Cóndor, San Blas, La Baliza).

F- Disponer que el condenado deba permanecer en el domicilio propuesto, sitoen Lote 8, Asentamiento 50 Hectáreas, “Los Hornos” desde las 21:00 horashasta las 07: 00 horas del días siguiente.

G- Disponer al condenado Arraigada durante el usufructo del presente régimen,la prohibición absoluta de acercamiento a menos de 500metros y de tomarcontacto de manera directa y/o ejercer actos molestos o intimidantes, por sí opor terceros y/o por cualquier medio con la victima de autos y/o sus familiares.

H- Disponer al condenado Arraigada durante el usufructo del presente régimen,la prohibición absoluta de utilizar redes sociales por sí o por terceras personas,bajo apercibimiento de revocar el presente beneficio.

I- Establecer la prohibición de concurrencia de niños y menores púberes aldomicilio sito en Lote 8, Asentamiento 50 Hectáreas, “Los Hornos” . Asimismoestablecer que los menores pertenecientes al círculo íntimo del interno, sólopodrán concurrir al domicilio donde usufructúa el beneficio de Libertad Condicional acompañados por personas mayores de edad, quedando en todomomento bajo la supervisión de sus progenitores y /o adultos a cargo, bajoapercibimiento de suspensión o revocación al presente beneficio.

J- Establecer a Arraigada Adrián la prohibición de contacto con niños ymenores púberes por cualquier medio.

K- Establecer a Arraigada Adrián la prohibición de participar de actividades enlas que participen niños y menores púberes bajo apercibimiento de revocar elpresente beneficio.

L- Prohibición de conducir vehículos motorizados.

M- Disponer que el condenado realice tratamiento psicológico en el Hospital Zatti a fin de abordar la temática por la cual fue condenado, debiendopresentarse con copia al nosocomio local dentro de los diez (10) de su solturapara solicitar turno y acreditarlo ante esta magistratura.

N- Hacer sabe r que deberá bajo su responsabilidad mantener elfuncionamiento del Dispositivo Electrónico de Control, para un efectivomonitoreo las 24 horas, realizando la carga de la batería.

II Residir en el domicilio sito en Lote 8 del asentamiento 50 Hectáreas, “Los Hornos”, el que solo podrá ser modificado previa autorización de estamagistratura.

III Presentarse ante el IAPL dentro de las 48 horas de su soltura, para laasistencia y supervisión de las condiciones impuestas, debiendo el mentadoOrganismo remitir los informes de forma mensual a esta magistratura.