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Numero ExpedienteEXPTE. B-1VI-1889-JE2022,
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PAUTAS DE CONDUCTA

Primero: Incorporar al condenado Moyano Mauro Ezequiel al Régimen LibertadCondicional, con Dispositivo Electrónico de Control versión GPS

Segundo: Disponer que el nombrado quede sometido hasta el vencimiento de la penaimpuesta 01/05/2023, al cumplimiento de las siguientes condiciones:

I – Presentarse dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) computados desde la solturaante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de Viedma para la asistencia ysupervisión de las condiciones impuestas.

II – Cumplir las siguientes reglas de conducta:

1º) No frecuentar bares y/o locales donde se expidan bebidas alcohólicas y abstenerse deconsumir las mismas y/o estupefacientes. Haciéndole saber al interno que esta pautaincluye la imposibilidad de consumir bebidas alcohólicas en espacios públicos comoplazas y otros.

2º) Acreditar en un plazo de quince (15) días de hacerse efectivo la presente, eldesempeño de trabajo, oficio o profesión.

3º) No cometer nuevos delitos.

4º) No portar (simple tenencia) bajo ningún concepto armas de fuego, sean de uso civily/o de guerra, aptas o no para el disparo.

5º) Prohibir la salida del condenado supervisado Moyano Mauro Ezequiel de la comarcaViedma – Patagones (incluye el traslado a las zonas de San Blas, El cóndor eIDEVI ) y en caso de ser necesario por cuestiones estrictamente laborales y/o personales,deberá solicitar la debida autorización a este juzgado, acreditando la circunstanciaindicada, reservándose esta magistratura, la ponderación y pertenencia de la causalinvocada.

6º) Disponer que el condenado deba permanecer en el domicilio propuesto, sito en Calle27 N.º 54 del barrio 30 de Marzo desde las 22:00 horas hasta las 06,30 horas del díasiguiente bajo apercibimiento de revocar el presente beneficio.La presente restricción horaria incluye el 31/12/2021 no pudiendo salir del domicilio endicha fecha, bajo apercibimiento de revocar el presente beneficio.

) Disponer que el condenado Moyano Mauro Ezequiel , no podrá utilizar servicios deacceso ainternet, ni a redes sociales, por sí o por terceras personas, ni ejercer actosmolestos , entablar conversaciones o efectuar publicaciones de ningún tipo que perturbeno molesten a familiares de la victimas de autos, bajo apercibimiento de revocar elpresente beneficio.

8º) Disponer al nombrado durante el usufructo del presente régimen la prohibiciónabsoluta de acercarse al lugar del hecho (Sodería Ivess) sito en calle Saavedra N.º 1238.

9º) Disponer que al nombrado durante el usufructo del presente régimen la prohibiciónabsoluta la prohibición absoluta de acercamiento a las víctimas y/o los familiares de lavíctima a menos de quinientos (500) metros ya sea de manera directa o por terceros y/opor cualquier medio (telefónico, redes sociales, etc) bajo apercibimiento de revocar elpresente beneficio.

III- Residir en el domicilio sito en calle 27 N.º 54 del Barrio 30 de Marzo de Viedma, el que sólo podrá ser modificado previa autorización de esta magistratura, bajo apercibimiento derevocar el presente beneficio.

Tercero: Librar oficio al Ministerio de Seguridad y Justicia a los fines de implementar eldispositivo de control versión GPS

Sexto: Requiérase a la UADME remita informe de cumplimiento de pautas a estamagistratura, en forma mensual o cuando registre alguna transgresión o novedadrelevante para la presente de la causa.

Séptimo: Requiérase al IAPL remita informe de cumplimiento de pautas a estamagistratura en forma trimestrales o cuando registre alguna transgresión o novedadrelevante d ella presente causa.

Décimo Primero: Hacer lugar a la solicitud efectuada por la Defensa con la conformidaddel Ministerio Público Fiscal, y autorizar al condenado Moyano Mauro Ezequiel a que setraslade al balneario el Cóndor por cuestiones estrictamente laborales, haciéndole saberque deberá informar a la UADME su egreso y retorno a la ciudad de Viedma que deberápermanecer en una zona que puede ser monitoreado, y que deberá dirigirse en formadirecta y sin escalas al lugar donde realiza actividades laborales con la prohibición detrasladarse a las zonas de Idevi, San Blas, y La Baliza.