Numero Expediente | 2RO-2032-JE2017 |
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Pautas | a) Fijar domicilio en la calle España nro. 3472, Barrio Quinta 25, General Roca, del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido. b) Abstenerse de consumir estupefacientes y NO podrá consumir bebidas alcohólicas. c) No concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas. d) No concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social. e) No cometer delitos. f) No tener ni portar armas. g) No conducir vehículos motorizados, sin previa acreditación de autorización legal y judicial. h) Someterse al cuidado del Patronato en forma MENSUAL. i) Adoptar profesión u oficio, la que comunicará al Tribunal. j) Deberá mantener el dispositivo de monitoreo electrónico GPS encendido y con batería permanente. k) DEBERÁ realizar tratamiento para adicción al alcohol ante el Organismo APASA. l) Deberá solicitar autorización para salir de la provincia de Río Negro. |