Ver Pautas

Actualizar Borrar

Numero Expediente2RO-3480-JE2022
Pautas

a) fijar domicilio en la calle Chaco nro. 566, Barrio Albino de Villa Regina, Río Negro, del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido;

b) abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas;

c) no concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas;

d) no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social;

e) no cometer delitos;

f) no tener ni portar armas;

g) no conducir vehículos motorizados, sin previa acreditación de autorización legal y judicial;

h) Deberá presentarse en forma mensual del 1 al 10 ante el Juzgado de Paz de Villa y el IAPL deberá realizar seguimiento en el domicilio mediante visitas sorpresivas y domiciliarias, a fin de verificar el cumplimiento de reglas de conducta;

i) adoptar profesión u oficio, la que comunicará al Tribunal;

j) Deberá mantener el dispositivo de monitoreo electrónico GPS encedido y con batería permanente.

Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido.