Numero Expediente | 308-JE10-10 |
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Pautas | Reglas de conducta impuestas (Agota: 02/12/2022):
a) fijar domicilio en la calle 3 de febrero Nº 3455 (calle 3 de febrero) del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocarse el beneficio concedido; b) abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; c) no concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas; d) no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social; e) no cometer nuevos delitos; f) no tener ni portar armas; g) no conducir vehículos motorizados; h) someterse al cuidado del IAPL; i) adoptar profesión u oficio, la que comunicara al Tribunal. Todo bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido.
III) hacerle saber al IAPL que deberá llevar a cabo el seguimiento del desenvolvimiento de MIGUEL FRUTOS en el medio libre por medio de visitas quincenales y sorpresivas en el domicilio propuesto, remitiendo los informes correspondientes en forma mensual. Así mismo, cualquier irregularidad deberá ser comunicada a este juzgado dentro de las 24 hs de conocida la misma.
Expte.: 308-JE10-10 - FRUTOS MIGUEL ANGEL S/ INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL (je) (OR)- OR |