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Numero Expediente308-JE-10-10
Pautas

a) fijar domicilio en la calle 3 de febrero Nº 3455 (calle 3 de febrero) del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocarse el beneficio concedido;

b) abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas;

c) no concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas;

d) no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social;

e) no cometer nuevos delitos;

f) no tener ni portar armas;

g) no conducir vehículos motorizados;

h) someterse al cuidado del IAPL;

i) adoptar profesión u oficio, la que comunicara al Tribunal.

Todo bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido.

 

III) hacerle saber al IAPL que deberá llevar a cabo el seguimiento del desenvolvimiento de MIGUEL FRUTOS en el medio libre por medio de visitas quincenales y sorpresivas en el domicilio propuesto, remitiendo los informes correspondientes en forma mensual. Así mismo, cualquier irregularidad deberá ser comunicada a este juzgado dentro de las 24 hs de conocida la misma.