Numero Expediente | 2RO-2130-JE2018 |
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Pautas | Pautas de Conductas impuestas:
a) fijar domicilio en la calle Avenida Roca nro. 3400, Barrio Quinta 25 de ésta ciudad, del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido; b) abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; c) no concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas; d) no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social; e) no cometer delitos; f) no tener ni portar armas; g) no conducir vehículos motorizados, sin previa acreditación de autorización legal y judicial; h) someterse al cuidado del Patronato en forma MENSUAL; i) adoptar profesión u oficio, la que comunicará al Tribunal; j) Deberá mantener el dispositivo de monitoreo electrónico GPS encendido y con batería permanente; k) En caso de mudarse de domicilio o en caso de ausentarse por más de 15 días de su domicilio deberá avisar a éste Tribunal, por intermedio de su defensor o al teléfono: 0298-4292050 interno 510; correo electrónico: juzpen10roca@jusrionegro.gov.ar Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido |