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Numero ExpedienteB-3BA-944-JE2019
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: a) fijar domicilio en Paso de los Vuriloches N° 912, Barrio Nahuel Hue, de esta ciudad, vivienda del Sr. Villagra Neftalí y su pareja Sra. Miguelina Mendez, con dispositivo de monitoreo electrónico-, hasta el agotamiento de su condenadebiendo comunicar a éste juzgado cualquier cambio en el mismo antes de efectivizarse para poder realizar el informe social pertinente; b) No ausentarse de la provincia de Río Negro sin autorización del Juzgado; c) Abstenerse de consumir o tener en posesión bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicofármacos no prescriptos por la autoridad médica; d) no cometer nuevos delitos ni contravenciones; e) no concurrir a determinados lugares o frecuentar determinadas personas que pudieran obstaculizar su debida reinserción social, entendiendo por tales 2 personas con quienes acostumbraba salir a delinquir o que tienen conflictos con la ley penal; f) someterse al cuidado del Patronato de Presos y Liberados, presentándose una vez por mes; g) adoptar profesión u oficio, el que comunicará al Juzgado; h) abstenerse de generar conflictos y/o daños sobre las cosas o las personas; i) no portar armas de ninguna naturaleza, ni tener en el domicilio armas de fuego; j) no podrá tener contacto alguno con la víctima en la presente causa, ni físico ni virtual -por teléfono, redes sociales, etc.); todo ello bajo apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, de revocar la libertad condicional y ordenar la inmediata detención hasta el cumplimiento total de la pena, ya que el presente instituto no modifica en nada la sentencia condenatoria, la que se mantiene inalterable (artículos 13 y 27 bis del Código Penal). III) OFICIAR A UADME a efectos de que instalen un dispositivo de monitoreo electrónico GPS en el domicilio de calle Paso de los Vuriloches N° 912, del Barrio Nahuel Hue de San Carlos de Bariloche; informar que el interno se encontrará también bajo la tutoría del Sr. Villagra Neftalí, D.N.I. 92.463.006 Tel. 2944 299204 y de la Sra. Miguelina Beatriz Mendez Tel. 294 4413191 quienes conviviran con él en el domicilio. IV) DISPONER QUE MONTIEL HERNANDEZ JUAN BAUTISTA CONTINÚE CON SU TRATAMIENTO PSICOLÓGICO con profesional contratado, profesional de salud mental y/o con cualquier otro psicólogo de su elección. Mensualmente y hasta el agotamiento de la condena la Defensa deberá aportar certificado del profesional tratante que dé cuenta del sostenimiento y de los avances. V) HACER SABER al I.A.P.L que deberá llevar a cabo el seguimiento del condenado en el medio libre y de la capacitación y/o empleo referido con el interno. Se hará saber que el interno tiene una propuesta real de trabajo en construcción que le ofrece su tutor, Sr. Villagra D.N.I. 92.463.006 con domicilio en la calle Paso de los Vuriloches N°912, Barrio Nahuel Hue, teléfono Tel. 2944 299204.. Finalmente se le ha impuesto como pauta de conducta la realización de tratamiento psicológico, tratamiento que tendrá la obligación de sostener. Toda la intervención del IAPL deberá ser con remisión de informes mensuales al Tribunal......" Fdo: Sandra Ragusa -Juez de Ejecución Penal. Verónica Arredondo Sánchez. Secretaria.