Numero Expediente | B-1VI-1248-JE2019PD |
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Pautas | a) Prohibir al interno MARTINEZ Osvaldo (DNI N° 5.492.465) ausentarse en forma injustificada del domicilio sito en la calle 7 de Marzo N° 1043 de la ciudad de Viedma. Designar como referente de la Prisión Domiciliaria a su hijo Sr. José María Martínez (DNI 34.666.193), quien asume todas las cargas y obligaciones inherentes al rol, en los términos del art. 33 de la ley 24660 y su Decreto reglamentario 1058/1997. b)Disponer al nombrado, MARTINEZ Osvaldo (DNI N° 5.492.465) durante el usufructo del presenten régimen, la prohibición absoluta de contacto con la victima y/o su entorno familiar, y con menores de edad/niños, ya sea de manera directa o por terceros y/o por cualquier otro medio (telefónico, redes sociales etc.) bajo apercibimiento de revocar el presente beneficio. Disponer que el nombrado deberá permanecer en el domicilio denunciado bajo la modalidad de Prisión Domiciliaria, quedando autorizado en caso de extrema urgencia médica a concurrir al Hospital Artémides Zatti, acompañado de su referente, debiendo acreditar la atención recibida e informar en forma inmediata a la UADME y al Instituto de Asistencia a Presos y Liberados, Bajo apercibimiento de revocar el presente régimen. Asimismo y en el caso de contar con turnos médicos programados, deberá solicitar con debida antelación la autorización correspondiente de esta magistratura a través de su referente y/o del IAPL. Disponer al nombrado no consumir bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicofármacos no prescriptos por la autoridad Medica. c) Hacer saber al Instituto de Asistencia de Presos y Liberados que deberá realizar la supervisión, asistencia y control del régimen dispuesto debiendo informar quincenalmente a este Tribunal. d) Iniciar tratamiento psicológico bajo el programa que desarrolla el equipo especializado en delitos con la integridad sexual del complejo penal de Viedma,debiendo para ello trasladarse el mentado equipo al domicilio del condenado MARTINEZ Osvaldo en forma mensual debiendo presentar los informes pertinentes que acrediten dicha situación bajo apercibimiento de ley. Hacer saber al Sr. MARTINEZ Osvaldo (DNI N° 5.492.465) que deberá bajo su responsabilidad, mantener en funcionamiento el Dispositivo Electrónico de control, realizando el carga de la batería correspondiente en tiempo y forma, de acuerdo a las indicaciones que efectué la UADME y que en caso de constatarse cualquier incumplimiento o transgresión a las pautas establecidas, el benefició será suspendido o revocado en forma inmediata. |