Ver Pautas

Actualizar Borrar

Numero ExpedienteMPF- SA- 01155-2021
Pautas

* Mantener domicilio el cuál no podrá mudar sin previa autorización Judicial.

*Someterse al cuidado y supervisión del I.A.P.L Belgrano 893 de San Antonio Oeste, en forma Bimestral.

*No tomar contacto por ningún medio con la víctima Ayelen Churrarin ( Wsp, redes sociales, teléfono, o por otras personas)

*Prohibición de acercamiento a la Sra. CHURRARIN, al lugar donde ella se pueda encontrar y a su domicilio, a una distancia no menor a los 300 mtrs.

*No quiere resarcimiento económico, la víctima pero sí que realice tareas comunitarias de 50 hs, en el lugar que se considere necesario, por el plazo de un (1) año.

* Mantener una entrevista con el psicólogo del Área de Salud Mental del Hospital de San Antonio Oeste, a los fines de que se determine la necesidad y eficacia de llevar adelante ese tratamiento psicólogico en la temática de Violencia de Género, va a quedar supeditado a la entrevista con el profesional.

*No cometer nuevos delitos ó estar involucrado en otra causa.